sábado, 7 de enero de 2023

Ciclo Pendragon: Taliesin, Merlin, Arturo, Pendragon y Grial.

 


    Queridos blogueros del SDC, hemos conseguido estar un año más al pie del cañón en este impresionante espacio intelectual, que simplemente pretende que nos alejemos de lo superficial, para adentrarnos en lo verdaderamente interesante de esta vida como son los momentos más relajados, en el caso de leer o escribir, o también más activos, como el de viajar alrededor del mundo, crear música o ver a un gorrión volar en libertad...


Siempre aprendiendo nuevas emociones y sentimientos del conocimiento humano...Feliz 2023, ¿habéis oído hablar del rey Arturo, Merlin o la famosa Excalibur?...pues hay una saga donde está todo bien relatado y no es otra que el "ciclo Pendragon"...¿os atrevéis a entrar por la puerta de Avalon?



El Ciclo Pendragon es una serie de novelas de género fantástico y ficción histórica escritas por el estadounidense Stephen R. Lawhead. Tienen como base diversas leyendas artúricas, mitología galesa y atlante, y transcurren en el marco de Gran Bretaña durante el fin del Imperio Romano de Occidente. 


Esta saga o ciclo está dividido en cinco libros que, ordenados por fecha de publicación, son: Taliesin (1987), Merlin (1988), Arturo (1989), Pendragon (1994) y Grial (1997). En un principio, la serie se ideó como una trilogía pero, ante el final abrupto de Arturo y la existencia de varias historias y líneas argumentales sin explotar, Lawhead decidió escribir dos precuelas a dicho volumen.



La serie está ambientada en los siglos V y VI d. C. e intenta presentar las leyendas artúricas en un marco histórico en el que el lector pueda asociar la historia narrada con la realidad. Lawhead basó sus historias en el Mabinogion, la Historia Regum Britanniae y otros trabajos de Godofredo de Monmouth, los escritos de Taliesin, Gildas y Nennius, entre otros. 

El primer volumen narra las vidas de Taliesin, hijo del rey Elphin ap Gwyddno Garanhir y príncipe-bardo del pueblo Cymry, y Charis, hija del rey Avallach y superviviente del hundimiento de la Atlántida. En los siguientes volúmenes se harán presente los siguientes personajes; Arturo, Merlín, Llenlleawg (Lancelot), Taliesin, Bedwyr, Caius, Morgian (Morgana Le Fay), Charis y Avallach entre otros...


One sword to the king called "Excalibur"

domingo, 11 de diciembre de 2022

Carlos I of Spain and V of Germany...


    Queridos incondicionales del SDC, entramos en el último mes del año con toda la ilusión puesta en que se acabe la famosa guerra entre ucranianos y rusos, además los precios se están disparando hasta el infinito y los sueldos no dan para mucho. Es un privilegio llegar a fin de mes sin arruinarse y solo podemos esperar que el próximo año todo cambie a mejor, Dios mediante. Estamos en un nuevo capítulo dedicado a la historia de la humanidad y como no podía ser menos hay que mencionar a nuestro gran rey y emperador español, al que vamos a dedicar un pequeño homenaje desde nuestro humilde blog. ¿Habéis oído hablar de él? porque en estos tiempos en los que la historia "no mola", y no "está de moda", vamos a "poner una pica en Flandes" para que todo el mundo se entere de quien fue este fundamental personaje de la historia de nuestro gran país llamado España, y que en aquellos tiempos se convirtió en una gran potencia como lo puedan ser en la actualidad Estados Unidos, Rusia o China...su nombre Carlos I de España y V de Alemania.


Carlos I de España y V del Sacro Imperio Romano Germánico, llamado "el César", nació en Gante el 24 de febrero de 1500 y falleció en Cuacos de Yuste, el 21 de septiembre de 1558), reinó junto con su madre, Juana I de Castilla, esta última de forma solo nominal y hasta 1555, en todos los reinos y territorios hispánicos con el nombre de Carlos I desde 1516 hasta 1556, reuniendo así por primera vez en una misma persona las Coronas de Castilla, el Reino de Navarra y Aragón. Fue emperador del Sacro Imperio Romano Germánico como Carlos V de 1520 a 1558. He aquí el imperio bajo su corona:


Y aquí tenemos los dominios de su hijo, Felipe II:


Long live to the Kingdom of Spain...

miércoles, 2 de noviembre de 2022

Educación y Formación Profesional en España (2022)

 


¿Qué tal vamos con el mes de noviembre? desde el SDC incansables como siempre, nos volcamos por una educación mejor en nuestro querido país y, como no, en nuestra Unión Europea (UE), que nos hace más competitivos a la hora de encontrar un empleo de calidad y bien remunerado. ¿Sabíais que casi la mitad de los españoles de entre 25 y 34 años tiene estudios superiores, por encima de la media europea?


Según el informe "Education at Glance 2022", el porcentaje de jóvenes con título de educación universitaria o de Formación Profesional de Grado Superior sube más de 8 puntos en una década, hasta el 48,7%. Dicho informe se centra en la educación terciaria o superior, además de repasar las principales estadísticas educativas de nuestro país comparadas con la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) y con los 22 países de la UE incluidos en la OCDE.



En total, el 48,7% de los jóvenes en esta franja de edad dispone en 2021 de un título de educación superior, 8.4 puntos másque en 2011 y casi 15 puntos más que en 2000 (34%). Esta cifra está por encima de la media de los países de la OCDE (46,9%) y de los 22 países de la UE (45,9 %). Las mujeres son el 60,5% de los jóvenes con estudios universitarios, la expansión de la educación superior ha beneficiado en particular a este colectivo en todos los países de la OCDE. En el caso de España, el porcentaje también es superior a la media de la OCDE (56,6%) y de los 22 países UE (57,7%).


A la vez que aumenta el porcentaje de graduados en enseñanzas superiores, disminuye el porcentaje de los que dejan los estudios con un nivel máximo de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO). En 2021, el porcentaje de jóvenes que solo tiene estudios básicos es del 27,7%. Supone una mejora significativa respecto a 2011, cuando ese porcentaje se situaba en el 24,6%, casi 7 puntos de diferencia, aunque las cifras siguen lejos d ela media OCDE (14,1%) y UE22 (11,8%).


El 23,6% restante tiene titulación de segunda etapa de educación secundaria, por debajo de media OCDE (39,4%) y UE (42,3%). Considerando a toda la población adulta (25-64 años), el 40,7% de los españoles dispone de una titulación de nivel terciario (el 41,1% en la OCDE y el 38,3% en la media UE22); el 23,2% estudios de segunda etapa de secundaria (el 42,1% en la OCDE y el 45,8% en la UE22); y el 36,1% estudios inferiores (el 20,1% en la OCDE y el 16,4% en la UE22).



Por campos de estudios, el más común entre la población adulta española es el de ciencias empresariales, administraciones y derecho (28%), seguido por ingeniería, producción industrial y construcción (15%) y por salud y bienestar (13%). En educación infantil, España destaca por la alta tasa de escolarización entre los menores de 3 años (41,1% en 2020), muy por encima de la media OCDE (26,8%) y UE22 (22%) y 7 puntos más que en 2015 (34%). La escolarización se puede considerar universal en segundo ciclo de infantil, con una tasa por encima del 97%.



Por otra parte, el 35,3% de las titulaciones de segunda etapa de secundaria en España se obtiene en Formación Profesional, por debajo de la media de países OCDE (37,3%) y de la UE22 (43,7%). En cuanto al alumnado que inicia una titulación superior, el 25% de los españoles lo hace en el campo de las STEM (Ciencias, Tecnologías, Ingeniería y Matemáticas), muy pronto a los porcentajes de la OCDE (27%) y de la UE22 (28%).


If you invest in Education, your future will be better...


martes, 11 de octubre de 2022

Ley 9/2017, de 8 noviembre de Contratos del Sector Público (Art. 3 ámbito subjetivo)

 


Bienvenidos a la Ley de Contratos del Sector Público (9/2017, de 8 noviembre), en el Art. 3 nos encontramos tres divisiones, valga la redundancia, muy interesantes como son: sector público, administración pública y poderes adjudicadores que hay que tener muy en cuenta para controlar bien esta norma tan utilizada en la Administración Pública española. Aunque el mencionado artículo tiene 2 puntos más (partidos políticos, organizaciones sindicales y corporaciones de derecho público), que serán estudiados igualmente.

1. A los efectos de esta Ley, se considera que forman parte del SP (sector público) las siguientes entidades:

a) AGE (Admón Gral. del Estado), CC.AA (Comunidades Autónomas), Ciudades de Ceuta y Melilla, EELL (Entidades Locales).

b) EG y SCSS (Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social).

c) Los OOAA (Organismos Autónomos), UP (Universidades Públicas) y AAI (Autoridades Administrativas Independientes).

d) Consorcios, dotados de PJCA (personalidad jurídica) propia a los que se refiere la LRJSP (Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público), y la legislación de régimen local, así como los regulados por la legislación aduanera.

e) FP (Fundaciones Públicas). A efectos de la LCSP (Ley de Contratos del Sector Público), se entenderá por fundaciones públicas aquellas que reúnan alguno de los siguientes requisitos:

1º Que se constituyan de forma inicial, con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de una o varias entidades integradas en el SP (sector público), o bien reciban dicha aportación con posterioridad a su constitución.

2º Que el patrimonio de la fundación esté integrado en más de un 50% por bienes o derechos aportados o cedidos por sujetos intregrantes del SP con carácter permanente.

3º Que la mayoría de derechos de voto en su patronato corresponda a representantes del sector público.

f) MCSS (mutuas colaboradoras con la seguridad social).

g) EPE (entidades públicas empresariales) a las que se refiere la LRJSP, y cualesquiera entidades de derecho púlbico con PJCA propia vinculadas a un sujeto que pertenezca al SP o dependientes del mismo.

h) SM (sociedades mercantiles) en cuyo capital social la participación, directa o indirecta, de entidades de las mencionadas en las letras: a) AGE + CCAA + CCM + EELL, b) EG y SCSS, c) OA, UP y AAI, d) Consorcios PJCA propia, e) FP + requisitos (1º,2º,3º),  g) EPE + EDP (entidades de derecho público vinculadas SP) y h) SM, sea superior al 50%, o en los casos en que sin superar ese %, se encuentre respecto de las referidas entidades en el supuesto previsto en el Art. 5 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores (RDL 4/2015, de 23 octubre).

i) FSPJCA (fondos sin personalidad jurídica).

j) Cualesquiera EPJCA propia (entidades con personalidad jurídica propia), que hayan sido creadas específicamente para satisfacer necesidades de IG (interés general) que no tengan carácter industrial o mercantil, siempre que uno o varios sujetos pertenecientes al sector público financien mayoritariamente su actividad, controlen su gestión, o nombren a más de la mitad de los miembros de su órgano de administración, dirección  o vigilancia.

k) Asociaciones constituidas por las entidades mencionadas en las letras anteriores.

l) DF (Diputaciones Forales) y JGT (Juntas Generales de los Territorios Históricos del País Vasco) en lo que respecta a su actividad de contratación.

2. Dentro del SP, y a los efectos de esta Ley, tendrán la consideración de AA.PP (Administracones Públicas) las siguientes entidades:

a) Las mencionadas en las letras: a) AGE, CCAA, CCM y EELL, b) EG y SCSS, c) OO.AA, UP y AAI, l) DF y JGT del Art. 3.1 LCSP.

b) Consorcios y otras EDP (entidades de derecho público), en las que dándose las circunstancias establecidas en la letra d) del apartado siguiente para poder ser considerados poder adjudicador y estando vinculados a una o varias AA.PP o dependientes de las mismas, no se financien mayoritariamente con ingresos de mercado. Se entiende que se financian mayoritariamente con ingresos de mercado cuando tengan la consideración de productor de mercado de conformidad con el SEC (sistema europeo de cuentas).

3. Se consideran poderes adjudicadores, a efectos de esta Ley, las siguientes entidades:

a) AA.PP

b) FP

c) MCSS

d) Todas las demás EPJCA propia distintas de las expresadas en las letras anteriores que hayan sido creadas específicamente para satisfacer necesidades de IG que no tengan carácter de industrial o mercantil, siempre que uno o varios sujetos que deban considerarse poder adjudicador de acuerdo con los criterios de este apartado 3, bien financien mayoritariamente su actividad; bien controlen su gestión; o bien nombren a más d ela mitad de los miembros de su órgano de administración, dirección o vigilancia.

e) Asociaciones constituidas por las entidades en las letras anteriores.

4) Los PP (partidos políticos), en el sentido definido en el Art. 1 de la LO (ley orgánica 8/2007), de Financiación de los Partidos Políticos; así como las organizaciones sindicales reguladas en la LO 11/1985, de 2 agosto, de Libertad Sindical, y las organizaciones empresariales y asociaciones profesionales a las que se refiere la Ley 19/1977, de 1 abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical, además de las fundaciones y asociaciones vinculadas a cualquiera de ellos, cuando cumplan los requisitos para ser poder adjudicador de acuerdo con el Art. 3.3.d) Todas las demás EPJCA propia distintas de las expresadas en las letras anteriores que hayan sido creadas específicamente para satisfacer necesidades de IG que no tengan carácter de industrial o mercantil, siempre que uno o varios sujetos que deban considerarse poder adjudicador de acuerdo con los criterios de este apartado 3, bien financien mayoritariamente su actividad; bien controlen su gestión; o bien nombren a más d ela mitad de los miembros de su órgano de administración, dirección o vigilancia, y respecto de los contratos SARA (sujetos a regulación armonizada), deberán actuar conforme a los principios de: publicidad, concurrencia, transparencia, igualdad y no discriminación sin perjuicio del respeto a la autonomía de la voluntad y de la confidencialidad cuando sea procedente.

Los sujetos obligados deberán aportar unas instrucciones internas en materia de contratación que se adecuarán a lo previsto en el párrafo anterior y a la normativa comunitaria, y que deberán ser informadas antes de su aprobación por el órgano al que corresponda su asesoramiento jurídico. Estas instrucciones deberán publicarse en sus respectivas páginas web.

5) CDP (corporaciones de derecho público), cuando cumplan los requisitos para ser poder adjudicador de acuerdo con el Art. 3.3.d).

The law of contracts 8/2017

lunes, 10 de octubre de 2022

La Copa del Mundo de Fútbol Qatar 2022

 


La Copa Mundial de Fútbol de la FIFA Catar 2022 será la XXII edición de la Copa Mundial de Fútbol masculino organizada por la FIFA. Se desarrollará desde el 20 de noviembre al 18 de diciembre en Catar, que consiguió los derechos de organización de 2 de diciembre de 2010.

¡Aupa España!

viernes, 5 de agosto de 2022

El curioso caso de Benjamin Button

 


¿Qué tal llevamos este caluroso verano de 2022? esperamos desde el SDC que estéis todos bien y cogiendo fuerzas para el duro invierno que nos espera. Después de una gran pandemia, nos enfrentamos a otro reto, la temida "recesión", además de una crisis energética bastante importante y en donde nuestro actual gobierno nos da una "guía" en forma de Real Decreto Ley para paliar las consecuencias de todo lo anterior, es decir, "la panacea" está en el orden del día, intentaremos sobrevivir como podamos...al igual que nuestro protagonista de este mes: Benjamin Button ¿le conocéis? pues es una historia impresionante...


"El curioso caso de Benjamin Button" (en inglés: The Curious Case of Benjamin Button) es una película de 2008 dirigida por David Fincher, con guión de Eric Roth y protagonizada por Brad Pitt y Cate Blanchett. Basada en un relato de F. Scott Fitzgerald, cuenta la historia de Benjamin Button (Brad Pitt), un hombre que nacería con el cuerpo de una persona de 80 años y que con el transcurso del tiempo va rejuveneciendo. El estreno de la película distribuida y producida por Warner Bros. y Paramount Pictures, tuvo lugar en Estados Unidos el 25 de diciembre 2008. La película fue candidata en 2009 a 13 premios de la Academia de Hollywood.


El día en que el huracán Katrina llega a Nueva Orleans, la anciana Daisy Williams está en su lecho de muerte en un hospital de aquella ciudad. A su lado está su hija Caroline (Julia Ormond). Daisy pide a Caroline que le lea en voz alta el diario de un amigo suyo de toda la vida, Benjamin Button. El diario de Benjamin relata toda su extraordinaria vida, cuyo aspecto primordial e inusual fue su envejecimiento hacia atrás, al ser diagnosticado con varias enfermedades del envejecimiento al nacer y, por lo tanto, diagnosticado con pocas posibilidades de supervivencia. Sin embargo, Benjamin sobrevive y se vuelve más joven con el tiempo.


Abandonado por su padre biológico, Thomas Button (Jason Flemyng), después de que su madre muriera en el parto, Benjamin fue criado por Queenie (Taraji P. Henson), una mujer negra asistente en una casa de ancianos. La abuela de Daisy residía en esa casa, que es donde Daisy por primera vez conoció a Benjamin. Aunque se separaron, Daisy y Benjamin permanecen en contacto a lo largo de sus vidas y se reencuentran cuando finalmente tienen la misma edad, sobre los cuarenta años. Algunas de las revelaciones en el diario de Benjamin son difíciles de leer...


Mientras Daisy envejece, sin ella saberlo, su verdadero padre se vuelve cada vez más joven. En otro orden de cosas, para conseguir invertir la edad del protagonista y hacer que de joven tuviera apariencia de anciano y de adulto apariencia de niño se necesitaron varios efectos especiales, algunos de maquillaje, pero sobre todo digitales. Los directores que participaron en la producción de la película se basaron en un sistema de Software y gráficos por ordenador de imágenes CGI (Common Gateway Interface), creado en España conocido como "RealFlow". Este proyector resultó tan laborioso que se realizó un proyecto informático exclusivo.


A partir de este sistema el objetivo era recrear la misma cara del actor en 3D con el fin de transformarla en una persona mayor. No solo se tuvo que recrear el rostro sino también todo el cuerpo para que se correspondiera con la edad aparente del protagonista y también para coordinar los movimientos y las gesticulaciones del personaje para que así todas las acciones resultaran más naturales. Para conseguir todo esto, el actor previamente tuvo que hacer diferentes gestos y mostrarse en distintas posiciones ante una cámara para que esta pudiera recoger todos los movimientos musculares, para posteriormente poder pasarlos a 3D.


En el momento de rodar las distintas escenas Brad Pitt tuvo que ser filmado vestido de pies a cabeza con un traje de color azul uniforme con el objetivo de poder incorporar el diseño 3D del nuevo rostro que se le daría en postproducción. Originalmente su estreno iba a ser en mayo de 2008, pero fue retrasado para noviembre de 2008. Finalmente, la película tuvo su estreno en los Estados Unidos en el día de Navidad 25 de diciembre. Así mismo en España, Argentina, Venezuela y Chile se estrenó el día 6 de febrero del 2009, y en México el 16 de enero. Los premios para el film fueron los siguientes:


En los Óscar (3): mejor dirección artística, mejor maquillaje y mejores efectos visuales. En los BAFTA (3): mejor diseño de producción, mejor maquillaje y peluquería y mejores efectos visuales. En esta película se tratan características propias del cine contemporáneo, entre las que se encuentran: 
a) La metaficcionalidad: plantea mecanismos de autoreflexividad.
b) Tiempo como sucesión: tiempo como vivencia, estableciendo una temporalidad.
c) Temporalidad invertida: se tiene consciencia de la muerte desde muy pronto.
d) Pone en escena el acto enunciativo que se conjuga en el presente.


Time is Gold

domingo, 3 de julio de 2022

Los agujeros negros

 


Decía el gran Stephen Hawking que "el estado del universo fue elegido puramente al azar", y es aquí donde entra en escena nuestro protagonista de este mes de julio: el agujero negro. Esperamos como siempre desde el SDC que estéis todos bien y disfrutando de unas felices vacaciones con la familia o amigos, pero siempre con la lectura por delante para hacer de la vida un viaje excepcional.


Un agujero negro es una región finita del espacio en cuyo interior existe una concentración de masa lo suficientemente elevada como para generar un campo gravitatorio tal, que ninguna partícula, ni siquiera la luz, puede escapar a él (en 2021 se observaron reflejos de luz en la parte más lejana del agujero negro). Los agujeros negros pueden ser capaces de emitir un tipo de radiación llamada Hawking, conjeturada por Stephen Hawking en la década de 1970.


La radiación emitida por agujeros negros como Cygnus X-1 no procede del propio agujero negro sino de su disco de acreción. La gravedad de un agujero negro, o «curvatura del espacio-tiempo», provoca una singularidad envuelta por una superficie cerrada, llamada horizonte de sucesos. Esto es previsto por las ecuaciones del campo de Einstein.


El horizonte de sucesos separa la región del agujero negro del resto del universo, y una vez dentro de él, ningún tipo de partícula, sea material o electromagnética, puede salir, ni siquiera los fotones. Dicha curvatura es estudiada por la relatividad general, la que predijo la existencia de los agujeros negros y fue su primer indicio. En la década de 1970, Stephen Hawking, Ellis y Penrose demostraron varios teoremas importantes sobre la ocurrencia y geometría de los agujeros negros.


Previamente, en 1963, Roy Kerr había demostrado que en un espacio-tiempo de cuatro dimensiones todos los agujeros negros debían tener una geometría cuasiesférica determinada por tres parámetros: su masa M, su carga eléctrica total e y e y su momento angular L. Se conjetura que en el centro de la mayoría de las galaxias, entre ellas la Vía Láctea, hay agujeros negros supermasivos.


El 11 de febrero de 2016, las colaboraciones LIGO, Virgo y GEO600 anunciaron la primera detección de ondas gravitacionales, producidas por la fusión de dos agujeros negros a unos 410 millones de pársecs, megapársecs o Mpc, es decir, a unos 1337 de años luz, mega-años luz o Mal de la Tierra. Las observaciones demostraron la existencia de un sistema binario de agujero negros de masa estelar y la primera observación de una fusión de dos agujeros negros de un sistema binario.


Anteriormente, la existencia de agujeros negros estaba apoyada en observaciones astronómicas de forma indirecta, a través de la emisión de rayos X por estrellas binarias y galaxias activas. La gravedad de un agujero negro puede atraer el gas que se encuentra a su alrededor, que se arremolina y calienta a temperaturas de hasta 12.000.000 ºC, esto es, 2000 veces mayor temperatura que la de la superficie del Sol.


El 10 de abril de 2019, el consorcio internacional Telescopio del Horizonte de Sucesos presentó la primera imagen jamás capturada de un agujero negro supermasivo ubicado en el centro de la galaxia M87. Los agujeros negros se forman en un proceso de colapso gravitatorio que fue ampliamente estudiado a mediados del s. XX por diversos científicos, como bien se ha comentado anteriormente.


Stephen Hawking, en su libro divulgativo "Historia del tiempo: del Big Bang a los agujeros negros" de 1988, repasa algunos de los hechos bien establecidos sobre la formación de agujeros negros. Este proceso comienza después de la "muerte" de una gigante roja (estrella de 10 a 25 o más veces la masa del Sol), entendiéndose por "muerte" la extinción total de su energía.


Tras varios miles de millones de años de vida, la fuerza gravitatoria de dicha estrella comienza a ejercer fuerza sobre sí misma originando una masa concentrada en un pequeños volumen, convirtiéndose en una «enana blanca». Este punto, dicho proceso puede proseguir hasta el colapso de dicho astro por la autoatracción gravitatoria que termina por convertir a esta enana blanca en un agujero negro.


Este proceso acaba por reunir una fuerza de atracción tan fuerte que atrapa hasta la luz en éste. Simplificando, un agujero negro es el resultado final de la acción de la gravedad extrema llevada hasta el límite posible. La misma gravedad que mantiene a la estrella estable, la empieza a comprimir hasta el punto que los átomos comienzan a aplastarse. 


A black hole is a region of spacetime where gravity is so strong that nothing...