domingo, 6 de septiembre de 2026

La invasión de Ceuta...el derecho internacional y la falta de información como referencias.

 

Queridos amigos, familiares y compatriotas de nuestro querido Reino de España, el SDC está al 100% con Ceuta, Melilla y en general, con nuestro querido país. Como bien dijo el presidente de Estados Unidos Ronald Reagan: "una nación que no puede controlar sus fronteras, no es una nación". Pues parece ser que el Gobierno de este país está obsesionado con demostrar que no somos una nación. Cuando la ministra de defensa no aplaudió a su líder, en el Parlamento, por algo sería, pero eso lo abordaremos en otro capítulo. Pónganse cómodos, cómodas, cómodes, cómodus, que vamos a ir al grano desde el punto de vista del Derecho en el caso de esta invasión...y la falta de información.

El Tribunal Constitucional ya dejó establecido en su sentencia 172/2020 que el denominado "rechazo en frontera" previsto para Ceuta y Melilla es constitucional, pero sometido a importantes condiciones. Debe existir consideración individual de las circunstancias de las personas afectadas, posibilidad de control judicial, cumplimiento efectivo de las obligaciones internacionales asumidas por España y especial atención a las personas vulnerables. El propio Constitucional recuerda, además, que cuando una persona queda bajo el control de agentes españoles queda sometida a la jurisdicción española a estos efectos. Esta distinción es fundamental porque durante años hemos utilizado coloquialmente la expresión "devoluciones en caliente", para describir situaciones jurídicamente diferentes.


Nuestra legislación habla especialmente de rechazo en frontera. La Disposición Adicional Décima de la Ley Orgánica de Extranjería permite rechazar a los extranjeros detectaos en la línea fronteriza de Ceuta o Melilla, mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente. Pero la propia ley añade algo que a veces se olvida: el rechazo debe realizarse respetando la normativa internacional sobre derechos humanos y protección internacional de la que España sea parte, también reflejado en el BOE. Sin embargo, toda esta legislación se ve comprometida sin la colaboración de nuestro vecino el Reino de Marruecos, ya que si tuviera alguna intención de tomar las dos ciudades autónomas todo el tema que hemos explicado anteriormente se iría a otro contexto muy diferente, algo que podríamos llamar conflicto internacional. 


El tiempo y la mala gestión del gobierno, podrían desembocar en la pérdida de Ceuta, Melilla e incluso las Islas Canarias, si un desembarco puntual se transforma en una operación premeditada para invadir de forma permanente, estos tres puntos estratégicos de España. Hay información que se nos escapa y nuestro presidente ha dicho en los medios de comunicación que la culpa es de: "Rusia, Israel y un frente internacional de extremaderecha"...¿truco o trato?

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