Queridos amigos, familiares y compatriotas de nuestro querido Reino de España, el SDC está al 100% con Ceuta, Melilla y en general, con nuestro querido país. Como bien dijo el presidente de Estados Unidos Ronald Reagan: "una nación que no puede controlar sus fronteras, no es una nación". Pues parece ser que el Gobierno de este país está obsesionado con demostrar que no somos una nación. Cuando la ministra de defensa no aplaudió a su líder, en el Parlamento, por algo sería, pero eso lo abordaremos en otro capítulo. Pónganse cómodos, cómodas, cómodes, cómodus, que vamos a ir al grano desde el punto de vista del Derecho en el caso de esta invasión...y la falta de información.
El Tribunal Constitucional ya dejó establecido en su sentencia 172/2020 que el denominado "rechazo en frontera" previsto para Ceuta y Melilla es constitucional, pero sometido a importantes condiciones. Debe existir consideración individual de las circunstancias de las personas afectadas, posibilidad de control judicial, cumplimiento efectivo de las obligaciones internacionales asumidas por España y especial atención a las personas vulnerables. El propio Constitucional recuerda, además, que cuando una persona queda bajo el control de agentes españoles queda sometida a la jurisdicción española a estos efectos. Esta distinción es fundamental porque durante años hemos utilizado coloquialmente la expresión "devoluciones en caliente", para describir situaciones jurídicamente diferentes.



























